Novedades de la Campaña de Renda 2016

Este 5 de abril ha arrancado la campaña de renta de 2016. La principal novedad es la desaparición definitiva del programa Padre y la instauración definitiva de Renta WEB que se puso en marcha el año pasado. Este programa ya se eliminó en 2016 para la mayoría de los contribuyentes y únicamente quedó relegado a los declarantes de actividades económicas, básicamente autónomos.

Las sociedades civiles con objeto mercantil  van a estar  sujetas al Impuesto de Sociedades desde el 1 de enero de 2016, y por tanto ya no van a tributar como entidades en atribución por el IRPF.

Se amplían a 1.500€ la cuantía de la exención de rendimientos de trabajo en especie por pago de las primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad del propio trabajador o de su cónyuge y descendientes si tuvieran  discapacidad.

Desaparece el límite conjunto aplicable a todas las actividades económicas (MÓDULOS) de  450.000 euros. Se fija uno más pequeño de 150.000 euros, y a la vez que se saca del mismo a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Si el contribuyente factura a empresarios y profesionales obligados a expedir factura, el límite que no se puede superar será de 75.000 euros anuales.

El año pasado se introdujo la deducción de 1.200 euros para aquellos contribuyentes que tengan a una familia numerosa. Este año se aprueban los modelos 121 y 122, para solicitar la cesión del derecho o la regularización del mismo en sujetos no obligados  a declarar.

Vuelven a bajar los tipos impositivos y desde el año pasado hay una nueva tarifa aplicable a la parte general de la base imponible, en la que se reducen tanto el número de tramos como los tipos marginales aplicables (que quedan en 2016 entre el 19% de mínimo y el 45% de máximo). También se aplica una nueva tarifa impositiva del ahorro que igualmente supone una reducción de los tipos aplicables (19, 21 y 23%). Se elimina la distinción temporal de las ganancias o pérdidas.

Desde el ejercicio 2015 hay posibilidad de compensar los rendimientos del capital mobiliario, integrantes en la parte del ahorro de la base imponible, con las ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión de elementos patrimoniales, todo ello de forma paulatina y limitada (10%  2015, 15%   2016, 20%   2017 y 25%  2018 y siguientes).

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