Demasiado afán recaudatorio

Opinión

Domingo F. Arjona

Las distintas administraciones se toman muy en serio eso de la autotutela de sus intereses. Pero, a veces, el afán recaudatorio les hace prescindir totalmente del procedimiento, como si esto fuera un cortijo y ellas las caciques al uso.

Además, sorprende, con lo lenta que es la administración para pagar a las empresas que les prestan servicios, -todas, sálvese la que pueda-, lo rápida que es para cobrar lo que le corresponde. Y lo que no. Viene esto a colación de la sentencia dictada recientemente por un juzgado de lo Contencioso Administrativo de Logroño en la que se anula un decreto de alcaldía por el que se ejecutó un aval sin seguirse el correspondiente procedimiento de apremio de acuerdo con lo que marca el artículo 168 de la Ley General Tributaria. El ayuntamiento en cuestión pretendió dejar en la más absoluta indefensión al contribuyente, privándole de la defensa a la que tenía derecho, prescindiendo para ello del procedimiento. Este proceder ha convertido al acto administrativo en nulo de pleno derecho y ha dado la razón a la empresa recurrente pero ¿cuántos ciudadanos por no saber o por no querer problemas ‘tragan’ con estos abusos?  Seguramente miles. La deficiente financiación de las corporaciones locales ha llevado a muchas de ellas a buscar dinero debajo de las piedras y a no respetar los procedimientos recaudatorios o a pervertir la finalidad de otros ingresos, como los procedentes de las sanciones de tráfico, un verdadero recurso financiero más en vez de instrumento para corregir conductas peligrosas o antisociales. Y como quiera que no se ve modelo de financiación en el horizonte político que acabe con este déficit histórico de los ayuntamientos, lo mejor será estar atentos al banco y al cartero. Muy atentos. 

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