A propósito del plan de pagos

Ante la grave situación económica española el gobierno central se apresuró, a principios de 2012, mediante la aprobación de los  Reales Decretos-Leyes 4/2012  y 7/2012, a dar solución al “problema de los impagos” de las distintas Administraciones, a sus proveedores de bienes y servicios.

Dichas deudas se habían producido como consecuencia de haber gastado, durante años, no sólo a un ritmo superior al de la ejecución real de los ingresos, sino también en cantidades superiores a las que finalmente se liquidaban, hasta el punto de que muchas Administraciones estaban -literalmente- en bancarrota.

Todo el mundo entiende que no debe gastarse más de lo que se tiene. En esa premisa debemos incluir a la Administración Pública, y ello como garantía del buen funcionamiento del Estado. Por eso entiendo que el mecanismo de financiación del pago a  proveedores instrumentado y aprobado por el Gobierno ha venido, por un lado a paliar la situación de asfixia de los proveedores a la vez que obliga a la Administración a acomodar el gasto a los ingresos que efectivamente se recaudan, y no a previsiones que en muchos casos han resultado tan optimistas como irreales.

A la mayoría de los Ayuntamientos les ha costado muchas horas de trabajo y, en muchos casos, de diálogo entre las distintas fuerzas políticas  para consensuar los sacrificios y esfuerzos que se tendrían que repercutir a los vecinos de cada municipio, bien porque habría que suprimir o reducir servicios, especialmente aquellos no obligatorios y sin financiación directa a través de tasas o precios públicos, o bien porque tendrían que contribuir más intensamente con la Hacienda Local vía subida de impuestos y demás tributos municipales.

El ajuste al que se han tenido que someter las Administraciones Públicas tenía que ser serio y contundente y que garantizara la reducción del déficit a muy corto plazo, por ello los Planes de Ajuste confeccionados por cada Administración fueron sometidos al control y evaluación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que sólo si los ha considerado adecuados les ha autorizado a obtener  las operaciones de crédito precisas para saldar las deudas de años anteriores con sus proveedores. 

Lo deseable ahora es que estos mecanismos aprobados por el Gobierno, no exentos de crítica por las dudas generadas en torno a la forma legal, el ámbito de aplicación y, quizás, la  excesiva tolerancia con los requisitos de las facturas que se podían incorporar en el Plan de Proveedores y por tanto susceptibles de mejora, alcancen el objetivo buscado por el Gobierno y deseado por todos, que la Administración no incurra en déficit, que gaste de manera racionalizada y eficaz, que actúe con transparencia y reforzando  los controles, de todo tipo, necesarios para lograr ese fin.

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