Nuevo horizonte para los emprendedores

El pasado 27 de julio se publicó en el BOE la Ley 11/2013, Ley de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo en el que se abordan múltiples medidas en muy diversos ámbitos – laboral, Seguridad Social, fiscal o financiero – tendentes a mejorar problemas estructurales agravados por la actual crisis y potenciar el crecimiento económico de autónomos y empresas. Ha entrado en vigor el día 28 de julio y podemos destacar los siguientes aspectos:

-FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO Y EL AUTOEMPLEO: Implanta la ‘tarifa plana’ de 50 euros en la Seguridad Social para cualquier emprendedor, independientemente de su edad y la posibilidad de compatibilizar el paro con un trabajo por cuenta propia o la ampliación de requisitos para capitalizar el paro, siempre para el colectivo joven. Se eleva el porcentaje a percibir en el caso de solicitar la capitalización por desempleo mediante la modalidad de pago único que pasa a ser del 100%. 

-CONTRATACIÓN: Las empresas o autónomos, que celebren contratos (indefinidos o temporales) a tiempo parcial con vinculación formativa con jóvenes desempleados menores de treinta años, tendrán derecho durante un máximo de doce meses, a una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado, del 100% en el caso de que el contrato se suscriba por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas, o del 75%, en el supuesto de que la empresa contratante tenga una plantilla igual o superior a esa cifra.

-FISCALES: En el Impuesto de Sociedades, las entidades constituidas a partir del uno de enero de 2013 tributarán por un tipo reducido en su primer periodo impositivo, que será del 15% para la base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros y del 20% para el resto. No se aplica a grupos de empresas y a actividades que se hayan ejercido anteriormente como persona física.

En el Impuesto sobre la Renta, las actividades que se inicien después del uno de enero de 2013 y que estén incluidas en estimación directa, podrán aplicar una reducción del 20% en el rendimiento neto durante el primer ejercicio con saldo positivo y en el siguiente.

-PAGO DE PROVEEDORES: Se desarrolla el mismo proceso aplicado en las entidades locales para el pago de facturas pendientes con anterioridad a uno de enero de 2012.

-LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD: Las facturas se abonarán en 30 días naturales desde la entrega de la mercancía o del servicio. Los proveedores entregarán la factura antes de que se cumplan 15 días naturales de la entrega de la mercancía. Se podrá ampliar a 60 días naturales en caso de acuerdo entre las dos partes. En el caso de impago, la deuda se incrementa automáticamente en 40 euros, además de los intereses.

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