Importancia de registrar la marca para una empresa

La cuestión que muchas empresas se plantean acerca de la importancia de registrar su propia marca no es baladí y obtiene respuesta, en la propia definición que La Oficina Española de Patentes y Marcas atribuye a este concepto. Así, la OEPM la define como el “Título de Propiedad Industrial que da a su titular el derecho a actuar frente a terceros que copien, falsifiquen, importen o vendan los productos o servicios cubiertos por dicha marca sin su consentimiento”

Esto es, la “marca”, además de identificar el producto distinguiéndolo así de otros, concede a su titular, que en el caso que aquí nos atañe es una empresa privada, el derecho exclusivo a la utilización de un símbolo para la identificación de un producto o servicio en el mercado.

Con el aumento de la globalización y el consumo, y con ello de la competitividad entre las empresas, la protección del producto o servicio que esta ofrece a través de este instrumento no constituye sino la principal garantía de su identidad propia. Esto es, la evitación de posibles actuaciones no autorizadas o desleales por parte de otros competidores, al otorgar el derecho de la empresa a actuar frente a quienes no hagan un uso apropiado y en definitiva legal, del signo que aquí estudiamos y que define a la compañía.

En otras palabras, el registro de una marca concede a la empresa el derecho exclusivo a impedir, utilizando las vías legales que otorga la propia “marca”, que terceros comercialicen productos no sólo idénticos sino también similares con la misma marca o utilizando una marca tan parecida que pueda llegar a crear confusión.

Así, habiendo registrado la marca de nuestra empresa, y en base al texto legal que lo regula (Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas), obtendremos el derecho de utilizar la marca en el tráfico económico con carácter exclusivo, el derecho a prohibir a terceros que utilicen en el tráfico económico un signo idéntico o semejante a su marca para distinguir sus productos o servicios cuando se trate de la misma o similar actividad, producto o servicio y también, el derecho a cederla o conceder licencia para su uso.

Aplicando a la práctica las ventajas que “en teoría” derivan del registro de la marca de nuestra empresa, y en el supuesto caso de ver lesionados los derechos que este Título de Propiedad Industrial nos confiere, podremos reclamar como titulares del mismo y a través de un despacho de abogados especializado en marcas, el cese de los actos que violen nuestro derecho, la indemnización por daños y perjuicios sufridos, la adopción de las medidas necesarias en aras de evitar que prosiga la violación y también la retirada del tráfico económico de los productos, embalajes, etiquetas o cualquier otro documento en los que se haya materializado la violación del derecho de marca. Del mismo modo podremos reclamar, también en vía civil, la destrucción de los productos ilícitamente identificados con la marca que estén en posesión del infractor y la publicación de la sentencia a costa del condenado mediante anuncios y notificaciones a las personas interesadas.

En definitiva, el registro de la marca, además de identificar el producto o servicio que nuestra empresa ofrece, proporciona al titular de la misma, toda una serie de actuaciones respecto de quien la use de forma ilícita o desleal, garantizando así la exhaustiva protección que requiere el mercado actual y que emana de las exigencias de la competitividad industrial de hoy en día.

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