El sector asegurador ante la ‘vieja’ normalidad
Javier Escribano Palomares Vocal de Convenios y Servicios Vocal adjunto de Afiliación Colegio de Mediadores de Seguros de Granada

La pandemia originada por el Covid-19 parece que va dando un respiro, al menos por el momento. Y ello gracias a los esfuerzos de la ciencia y muy particularmente de nuestros sanitarios que han conseguido doblarle la mano a la pandemia y ganarle el pulso, haciendo posible la recuperación de la “vieja” normalidad que tanto ansiamos.

Llegados a este punto en el que la emergencia sanitaria va remitiendo es momento de valorar y atajar las consecuencias económicas y sociales que nos ha dejado la pandemia y que, aún no siendo tan devastadoras como puede ser la pérdida directa de la vida de las personas, son muy graves y cuya recuperación va a llevarnos años de esfuerzos, siendo necesario para ello la colaboración de instituciones públicas y privadas como por ejemplo, y en relación al tema del que vamos a tratar en estas líneas, el sector asegurador.

Las limitaciones que las administraciones públicas han venido imponiendo a todos los sectores de la actividad económica para hacer que remitieran cada una de las olas de la pandemia, como han sido las limitaciones horarias, limitaciones de aforo o incluso el cese total de la actividad durante un tiempo determinado, han provocado una evidente merma en los ingresos de las empresas, sobre todo aquellas cuya actividad va dirigida al entretenimiento o venta directa de cara al público (bares, tiendas, ocio nocturno, etc.). Pues bien, el sistema judicial se está encontrado un aluvión de reclamaciones frente a las aseguradoras por parte de dichos negocios que han visto limitada su actividad como consecuencia de una imposición legal.

El sector asegurador se enfrenta al reto de cientos de miles de reclamaciones en base a las coberturas de lucro cesante (ganancias dejadas de obtener) que incluyen las pólizas y que puede suponer un contratiempo importante tanto para el sector, en defensa de sus intereses, como para el sistema judicial dado el alto numero de procedimientos judiciales que se pueden iniciar ante una administración de justicia ya colapsada de por sí.

En Granada tenemos una de las ‘Sentencias’ más pioneras en este sentido, posiblemente la primera, en la que el Juzgado de Primera Instancia núm. 14 condenó a una entidad aseguradora a abonar la cantidad de 80.000 euros a un establecimiento de restauración como consecuencia de las coberturas de la póliza que tenía concertada el establecimiento, si bien dicha resolución no es definitiva en tanto que cabe recurso, teniendo la última palabra al respecto el Tribunal Supremo al que previsiblemente llegue el litigio.

En la otra cara de la moneda encontramos resoluciones como la del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Ferrol que en una reclamación similar de un establecimiento hostelero frente a su seguro, reclamando indemnización derivada de la pérdida de beneficios durante el cierre de su actividad, este juzgado desestima la demanda, entendiendo que el seguro no debía hacerse cargo de la reclamación al no estar específicamente contemplada la causa de pandemia en la póliza.

En definitiva y dado lo novedoso de la cuestión, los tribunales deberán dar una respuesta adecuada al conflicto que se esta generando y determinar si corresponde algún tipo de indemnización a la actividad económica derivada de la pérdida de actividad sufrida durante la pandemia y en su caso determinar a quién le corresponde asumir dichas indemnizaciones, si al Estado o al sector de las aseguradoras.

Por todo ello, y para finalizar, quiero destacar la labor del mediador colegiado, que desde su posición de confianza con los asegurados va a velar por los intereses de éstos, con la ayuda indispensable que ofrece el Colegio de Mediadores de Seguros.

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